Boletas de Inmobiliario y Patente - Año 2025

Por Resolución General N° 0001/2025 se reglamenta el artículo 85 de la Ley 14386 relacionado a la bonificación por pago total anual (35% de descuento) y a la adhesión al débito automático en cuenta bancaria (15% de descuento) para el pago de Impuesto Inmobiliario, Patente y Embarcaciones.

Para acceder a las boletas, el contribuyente deberá ingresar a:

Impuesto Inmobiliario:  https://www.santafe.gov.ar/e-in-boletas/index.php

Patente: https://www.santafe.gov.ar/e-pt-boletas/

o https://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/view/full/223814 o a Mi Boleta Digital https://www.santafe.gob.ar/miboletadigital/ donde además recibirá las notificaciones de vencimiento.

El pago de las  cuotas  de ambos impuestos se puede realizar por:

Medios Electrónicos:

- Adhesión al débito automático para obtener el beneficio del 15% de descuento en cada cuota:

https://www.santafe.gob.ar/e-debau/recursos/_seg/afipIngreso/index.php?action=Ingreso&sistema=santafe_dbd

Con CUIT y Clave Fiscal

- Pago a través de Red Link y Banelco mediante el botón de pago electrónico o en la agenda de pagos del Home Banking correspondiente.
- A través de la plataforma https://pluspagos.com/
- A través de la aplicación Billetera Santa Fe

Medios físicos:

- A través de cualquier Santa Fe Servicios, brindando el número de patente del vehículo o el número de partida inmobiliaria.